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Entidad fija posición entorno candidaturas independientes

Santo Domingo. Avance Provincial, El Frente Pro-Candidaturas Independientes (FPCI) en su intervención de este lunes 26 de mayo del 2025 en los encuentros que realiza la Comisión Especial que estudia los proyectos de leyes sometidos a la Cámara de Diputados para regular las candidaturas independientes, objetó las pretensiones de los legisladores y de la Junta Central Electoral de establecer requisitos que rompen con el derecho, el valor y el principio de igualdad, el cual es transversal a todos los demás derechos.

El FPCI sostiene que es descabellado de la JCE, órgano del Estado con la competencia para administrar y fiscalizar los asuntos electorales, pretender exigir al candidato independiente el 2 por ciento de las personas registradas en el padrón electoral cuando el numeral 6 del artículo 15 de la Ley 33-18 sólo habla del dos por ciento de la última votación.

De igual modo, la organización, que agrupa una serie de intelectuales y profesionales, entre los que se encuentran el doctor José Cabral Salcedo, el doctor Isaías Ramos, el doctor Alberto Fiallo Billini, el doctor José Dunker Lambert, el señor Edgar Paniagua Miguel, el licenciado Miguel Valoy, el ingeniero Guillermo Caram, la licenciada Elba García Hernández, entre otros, solicitó la exclusión del pedido de la JCE en su proyecto de ley de que el candidato independiente sea regulado a través de la Ley 122-05 para entidades sin fines de lucro, porque la misma no contempla la figura de las de las asociaciones accidentales y además porque se trata de una propuesta fuera totalmente de contexto.

El FPCI aclaró que la JCE tiene una visión equivocada al respecto, sobre todo cuando pretende darle una interpretación temporal a las asociaciones accidentales, lo cual desmiente el párrafo 1 de la Ley 479-08 cuando dice que este modelo de instituciones puede ser por tiempo limitado o indefinido, siempre a partir del propósito de las mismas.

Sostuvo que se acoge al pedido del vicepresidente de la JCE, Armando Vallejo Santelises, quien emitió un voto disidente en la resolución aprobada, ya que entiende que el registro de las candidaturas independientes debe ser a través del órgano encargado de manejar los asuntos electorales en el país.

Otro aspecto atacado por la entidad es el que se refiere al financiamiento público de las candidaturas independientes, el cual muy bien se puede regir por lo ya establecido desde el articulo 69 hasta el 74 de la Ley 33-18, que señala la regla y el procedimiento para ser beneficiario de los fondos que distribuye la Junta Central Electoral (JCE) en nombre del Estado dominicano, cuyos beneficiarios son los partidos políticos, a los fines de que no se insista en violentar la decisión tomada por el Tribunal Constitucional en torno a la mencionada figura jurídica, ya que todos las personas son iguales ante la ley.

También sugirió que en lo que respecta a la pérdida de la registración de las candidaturas independientes que se utilice el procedimiento y las circunstancias establecidas a partir del articulo 75 hasta el 77 de la Ley 33-18 y que como una forma de evitar el transfuguismo el órgano comicial se apoye en el mandato del artículo 8 de la misma norma.

El Frente Pro-Candidaturas Independientes (FPCI) advierte que el país con esta figura puede quedar muy bien o muy mal parada frente al concierto de naciones en la que el derecho constitucional hoy está bien posesionado por ajustarse a lo que dispone su derecho interno y externo.